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Jingles y Spots Políticos: ¿Por qué no utilizar canciones de moda modificadas?

En esta temporada de propaganda electoral y planificación de acciones de marketing político es importante conocer los riesgos de utilizar canciones de moda, realizando cambios a la letra sin la previa autorización por escrito del autor y compositor. Hoy te contamos cuáles son las penalidades aplicables desde los derechos de creación intelectual o derechos de autor.

Derechos de autor y propiedad intelectual en Perú
Indecopi compartió una nota de prensa expresando su postura respecto al uso desautorizado de obras intelectuales para campañas políticas. | Fuente: RPP

¿Qué dice la Ley?

La protección intelectual de las obras está amparada en la Constitución Política del Perú. En su artículo 2, numeral 8, nos dice: 

«…Toda persona tiene derecho a la creación intelectual y al disfrute de su producto».

Por otro lado, el Decreto Legislativo N° 822, conocido como «Ley sobre el derecho de autor y derechos conexos» establece que los autores:

“Gozan del derecho exclusivo de explotar sus obras bajo cualquier forma o procedimiento, y de obtener beneficios salvo en casos de excepción legal expresa».

El Dr. Martín Gutiérrez, apoderado legal y gerente de Sincronización y Redes Digitales de Apdayc asimismo, indica:

 

¿Es lícito usar canciones conocidas para campañas comerciales?

“Un autor puede negarse a que su canción sea usada en una campaña publicitaria, toda vez que exista una afectación al derecho moral de integridad de la obra, ya que como es sabido, en las campañas publicitarias se tiende a modificar la letra de las obras, aprovechándose de la fama de un artista o banda y buscando vincularla con determinados candidatos”.

El Dr. Rubén Ugarteche, abogado y Director General de Apdayc señala que hay distintos tipos de infracciones con el uso de música perteneciente a otros autores. Desde la infracción por derechos de reproducción, como el derecho de divulgación e integridadcuando las letras son cambiadas.

¿Cuál es la penalidad por modificar la letra de canciones conocidas para uso publicitario sin permiso expreso del autor?

«Esto es un delito y la pena puede ser no menor a cuatro años de cárcel, y la sanción administrativa puede llegar hasta las 180 UITs, dependiendo de la difusión que haya tenido el tema. Esto es evaluado por un juez y por las entidades competentes»

Puede alcanzar los 828,000 soles + 4 años de cárcel

Nº 398-2021-EF Durante el año 2022, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Seiscientos y 00/100 Soles (S/ 4,600).

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Gustavo Ratto

Gustavo Ratto Autor, compositor e intérprete de música peruana Lic. en Ciencias de la Comunicación Social Cod. Apdayc 7758 | Cod. Soniem S002468